El aeromodelismo se considera como una modalidad de los
deportes aereos y por lo tanto está sujeto a la normativa
que establezcan los órganos del Estado Español, velando por
su cumplimiento la Asociación Estatal de Seguridad Aerea -
AESA y por la Federación Aereonautica Española-FAE y por
las Federaciones Territoriales en lo referente a la com-
petición.
Desde la aparición de los drones y similares, existía una
terminología un poco confusa, es decir había RPA, UAV,
RPAS,que se diferenciaban en la forma de control de cada
uno de ellos. Hoy en día las últimas disposiciones lega-
les establecen el concepto UAS ( Sistemas de aereonaves no
tripuladas) en la que estan comprendidos nuestros aviones
de aeromodelismo y los drones.
Ponemos a continuación aquellas disposiciones que consi-
deramos más relevantes y que nos pueden afectar :
Real Decreto 514/2024 de 4 de Julio por el que se
desarrolla el régimen jurídico para la utilización
civil de sistemas de aereonaves no tripuladas - UAS
Reglamento de la Unión Europea sobre los sistemas de
aereonaves no tripuladas (Posteriores modificaciones
de 15-7-2021 y de 10-4-2024.
Presentación normativa europea UAS
EASA - Articulo sobre la reglamentación euopea UAS
AESA - Normativa sobre el uso de UAS
AESA - Principales novedades del RD 514/2024 sobre
aeromodelismo
De algunas Federaciones :
Reglamento Federación Valenciana
Reglamento Federación Canaria
Articulo muy interesante de DJI sobre las nuevas reglas
a partir de 2024
No obstante se aconseja que para cualquier duda se
contacte con AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aerea)
en :
drones.aesa@seguridadaerea.es