El aeromodelismo se considera como una modalidad de los
   deportes aereos y por lo tanto está sujeto a la normativa
   que establezcan los órganos del Estado Español, velando por
   su cumplimiento la Asociación Estatal de Seguridad Aerea -
   AESA y por la Federación Aereonautica Española-FAE 	y por
   las  Federaciones Territoriales en lo referente a la com-
   petición.
   Desde la aparición de los drones y similares, existía una
   terminología un  poco confusa, es decir  había RPA, UAV, 
   RPAS,que se diferenciaban en la forma de control de cada
   uno de ellos. Hoy en día las últimas disposiciones lega-
   les establecen el concepto UAS ( Sistemas de aereonaves no
   tripuladas) en la que estan  comprendidos nuestros aviones
   de aeromodelismo y los drones.

   
   Ponemos a continuación aquellas disposiciones que consi-
   deramos más relevantes y que nos pueden afectar : 


       Real Decreto 514/2024 de 4 de Julio por el que se
       desarrolla el régimen jurídico para la utilización
       civil de sistemas de aereonaves no tripuladas - UAS


       Reglamento de la Unión Europea sobre los sistemas de
       aereonaves no tripuladas (Posteriores modificaciones 
       de 15-7-2021 y de 10-4-2024.

        
        
       Presentación normativa europea UAS
       EASA - Articulo sobre la reglamentación euopea UAS
       AESA - Normativa sobre el uso de UAS
       AESA - Principales novedades del RD 514/2024 sobre
              aeromodelismo   
       

                De algunas Federaciones :              
       

       Reglamento Federación Valenciana
       Reglamento Federación Canaria




   Articulo muy interesante de DJI sobre las nuevas reglas
           a partir de 2024





      No obstante se aconseja que para cualquier duda se 
      contacte con AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aerea)
      en :
                  drones.aesa@seguridadaerea.es